Las organizaciones sociales abanderan la lucha por el derecho a la verdad

El 24 de marzo conmemoramos a aquellas organizaciones copartes que han contribuido a la reparación integral de las víctimas y sobrevivientes de graves violaciones a los Derechos Humanos y al Derecho Internacional Humanitario.
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El derecho a la reparación ha sido contemplado en diversos instrumentos internacionales de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario (DIH), que han sido integrados al ordenamiento colombiano.

Con el impulso de las organizaciones de derechos humanos y las víctimas, estos instrumentos paulatinamente han desarrollado criterios para que la reparación sea justa y adecuada, y adopte las medidas que permitan el restablecimiento de los derechos de las víctimas, resarcir y promover su recuperación y garantizar la no repetición de los hechos. Así, se ha incluido el derecho a la verdad como una medida de la reparación integral, intrínsecamente ligada con el derecho a la justicia.

Si no hay verdad, la justicia es incompleta. Los derechos de las víctimas en términos de verdad, justicia, reparación y garantías de no repetición, se encuentran interconectados, en tanto que no es posible obtener reparación sin justicia, ni es posible garantizar la justicia sin llegar a la verdad.

Según las Naciones Unidas, la garantía del derecho a la verdad permite tener un conocimiento pleno y completo de los actos que se produjeron, las personas que participaron en ellos y las circunstancias específicas. La garantía de este derecho tiene particular importancia para las víctimas de graves violaciones a los derechos humanos y de las infracciones al derecho internacional humanitario, entre ellas quienes han sufrido la desaparición forzada, secuestro, tortura, ejecuciones extrajudiciales, entre otras.

Saber qué pasó, por qué pasó y quién lo hizo es necesario para brindar una reparación integral a las víctimas, una reparación que incluye, entre otras formas, el acceso a la justicia y la sanción a responsables, la difusión de la verdad y de las acciones que permitan honrar la memoria de quienes no están, así como el reconocimiento de los hechos, el perdón y reconciliación por parte de quiénes produjeron o participaron en los hechos.

En el Día Internacional del Derecho a la Verdad en relación con Violaciones Graves de los Derechos Humanos y de la Dignidad de las Víctimas (24 de marzo) rendimos tributo a aquellas personas que a través de nuestras organizaciones copartes han dedicado su vida a la lucha por la promoción y protección de los derechos de las víctimas y la exigencia del derecho a la verdad en casos de desaparición forzada, desplazamientos forzados, homicidios, torturas y ejecuciones extrajudiciales. Entendemos que el acceso a la verdad y la dignificación de su labor y de la memoria de las víctimas es indispensable para la reparación integral y la construcción de paz, y por ello apoyamos y exaltamos el trabajo que realizan.

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Caso Pedro Julio Movilla: la violación del derecho a la verdad para el esclarecimiento de los hechos

El Estado de Colombia fue condenado en 2022 por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CoIDH) y declarado responsable de la violación de los derechos a la vida, la integridad, la libertad y la personalidad jurídica, con ocasión de la desaparición forzada de Pedro Julio Movilla Galarcio, un líder del partido Comunista Colombiano Marxista Leninista. Tras 30 años de búsqueda incansable por parte de sus familiares, y con el acompañamiento judicial de la Corporación Colectivo de Abogados José Alvear Restrepo (CCAJAR), la familia de Julio Movilla logró que judicialmente se reconociera la responsabilidad del Estado en esta desaparición, así como un conjunto de órdenes para satisfacer su derecho a la verdad.

Frente al derecho a la verdad, CCAJAR sostuvo que el Estado de Colombia no ha garantizado este derecho a familiares del líder desaparecido, pues el país no ha contribuido al esclarecimiento de los hechos ni de la ubicación de su cuerpo, determinante para conocer la verdad de lo sucedido. La investigación de Movilla se inició por secuestro extorsivo y ello implicó una falta a la verdad del ente investigador, que no consideró el contexto de desapariciones y entorpeció el acceso a la justicia.

Por su parte, la CoIDH advirtió sobre la relevancia y obligación del cumplimiento al derecho a la verdad respecto a las desapariciones forzadas. En la sentencia se establece la gran importancia de la verdad, en la medida que “La satisfacción de este derecho es de interés no solo de los familiares de la persona desaparecida forzadamente, sino también de la sociedad en su conjunto, que con ello ve facilitada la prevención de este tipo de violaciones en el futuro”. Ante el caso de Movilla, la CoIDH pide el reconocimiento de responsabilidad del Estado de Colombia sobre lo que pasó y la entrega de información sobre dónde está el cuerpo del líder desaparecido a la familia.

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Caso de las comunidades afrodescendientes desplazadas de la cuenca del río Cacarica (Operación Génesis) vs. Colombia

En 2013, la Corte Interamericana de Derechos Humanos de la Organización de Estados Americanos (OEA) declaró al Estado de Colombia responsable de la violación de derechos de cientos de personas afrocolombianas que fueron desplazadas forzadamente y del asesinato de Marino López. Estos hechos ocurrieron en 1997 mientras la Brigada 17 del Ejército Nacional de Colombia estaba participando en una operación militar llamada “Operación Génesis” en la cuenca del río Cacarica.

En su momento, la Comisión Intereclesial de Justicia y Paz (CIJP), representantes del caso, pidió a la CoIDH en nombre de las comunidades víctimas, una amplia difusión en medios de comunicación de Colombia de la sentencia, la realización de materiales de memoria, así como el desarrollo de un acto público de reconocimiento de responsabilidad por parte del Estado de Colombia. Estas acciones serían fundamentales para el establecimiento de la verdad de lo sucedido, y la reparación a las comunidades.

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Acto de reconocimiento de responsabilidad del Estado de Colombia sobre la operación militar llamada “Operación Génesis”. Crédito: CIJP

Diez años después de la emisión de la sentencia, el pasado 21 de marzo, la Vicepresidenta de Colombia Francia Márquez, acompañada de representantes de la comunidad internacional, reconoció en acto público la responsabilidad del Estado en los hechos que conllevaron a violaciones a los derechos humanos: “Aceptamos, sin condiciones, la declaración de responsabilidad internacional del Estado colombiano realizada por la Corte Interamericana de Derechos Humanos por los hechos establecidos en su sentencia. Reconocemos que ha existido un alto grado de impunidad y rechazamos la crueldad infligida en este caso contra las comunidades negras para intimidar, castigar, controlar, coaccionar y desalojar a sus miembros. Pedimos perdón a las víctimas de las operaciones militares y paramilitares de Génesis y Cacarica”.

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La protección de las mujeres buscadoras, clave para el acceso a la verdad

La Fundación Nydia Erika Bautista (FNEB) se ha dedicado por más de 20 años a acompañar a personas, en su mayoría mujeres, familiares de víctimas de desaparición forzada en Colombia. En el marco de esta labor, ha representado víctimas dentro del trámite de macro casos y medidas cautelares ante la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), con lo que busca entre otras proteger archivos de inteligencia militar de la Brigada 20 del Ejército Nacional, con el fin de acceder a información de inteligencia y contrainteligencia que permita conocer la verdad de lo sucedido y dar con el paradero de personas desaparecidas forzosamente.

La preservación de esta información es clave para las víctimas y la JEP reconoció tal importancia decretando medidas cautelares para proteger, recopilar y analizar esta información que permita esclarecer la verdad. La señora Carmen Mora, esposa de Silvio Tulio, desaparecido por la Brigada 20 y acompañada por FNEB expresó ante la JEP en el trámite de dicha audiencia “¡Qué nos digan la verdad, la verdad y la verdad! Esa luz que llevamos prendida en la mano nunca se nos irá a apagar hasta el día que dios nos quite la vida”.

La FNEB presentó en 2022 un proyecto de ley ante el Congreso de Colombia, para la protección integral de las mujeres buscadoras que por su labor han sufrido graves violaciones de derechos humanos, como violencia sexual, secuestro, privaciones de la libertad, extorsiones, amenazas y represalias.

Estos hechos han provocado que su derecho a la verdad y la justicia sean violados, y en muchas ocasiones los riesgos a los que se ven expuestas durante la búsqueda, sumado a las pocas garantías de seguridad con las que cuentan han dificultado la reconstrucción de los hechos y el avance hacia una reparación integral. Pese a ello, las mujeres buscadoras depositan sus esperanzas en esta ley que busca respaldar su labor y reconocer su rol como constructoras de paz, derivado del incansable trabajo por saber del paradero de sus familiares desaparecidos y desaparecidas e incidir en que en el país no se presenten nuevas desapariciones.

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Los aportes a la verdad en relación a los hechos sucedidos durante la toma y retoma del palacio de Justicia

Durante el 6 y 7 de noviembre de 1985 ocurrió en Colombia la toma y retoma del Palacio de Justicia, hechos en los cuales desaparecieron al menos 11 personas, cuyos familiares, acompañados por varias organizaciones, entre ellas el Movimiento de Víctimas de Crímenes de Estado (MOVICE), la Red de Defensores y Defensoras de Derechos Humanos DHColombia, y el Colectivo de Abogados José Alvear Restrepo (CCAJAR), han trabajado incansablemente para encontrar la verdad sobre lo sucedido y lograr el juzgamiento y sanción de los responsables.

En el año 2014, el Estado de Colombia fue condenado mediante una sentencia por la CoIDH, por su responsabilidad en 11 desapariciones forzadas en el marco de la retoma del Palacio de Justicia ocurrida el 6 y 7 de noviembre de 1985. Algunas de las órdenes de la sentencia establecieron el desarrollo de investigaciones para establecer la verdad de los hechos, así como determinar, juzgar y sancionar a los responsables y realizar la búsqueda rigurosa para determinar el paradero de víctimas que permanecen desaparecidas.

Algunos años atrás, en 2011, los y las familiares de las personas desaparecidas en estos hechos habían logrado hitos importantes a través de la condena al General retirado Jesús Armando Arias Cabrales, comandante de la Brigada XIII del Ejército Nacional, por la desaparición forzada de 11 personas en la retoma del Palacio de Justicia. En mayo de 2020, en el marco de la justicia transicional del Sistema Integral para la Paz, el exgeneral solicitó acogerse a la JEP, con lo cual fue suspendida la pena de 35 años de prisión que le había sido impartida por la Corte Suprema de Justicia en 2011, con el compromiso de realizar aportes a la verdad de lo sucedido. Esto generó reparos de víctimas y organizaciones sociales, por la concesión de beneficios en casos que ya habían sido juzgados en un universo de impunidad frente a casos de desapariciones forzadas.

En el desarrollo de varias audiencias de la JEP en las cuales las víctimas de las personas desaparecidas y las organizaciones acompañantes le solicitaron aportar a la verdad, Arias Cabrales señaló que desconocía los hechos, razón por la cual en decisión de enero de 2023 la sala de Definición de Situaciones Jurídicas de la Jurisdicción Especial para la Paz decidió excluirlo y confirmar su condena de la justicia ordinaria, en razón a que no se encontró compromiso en satisfacer los derechos de las víctimas a conocer la verdad, pues no realizó aportes francos y detallados sobre los hechos y por el contrario desconoció la responsabilidad que como comandante ejerció sobre la Brigada XIII a su cargo, aun cuando ya había sido condenado por estos hechos.

Estos casos dan cuenta del incansable trabajo que organizaciones defensoras y familiares de personas desaparecidas han adelantado para lograr establecer la verdad de los hechos ante graves violaciones a los derechos humanos e infracciones al Derecho Internacional Humanitario, y acercarse a una reparación integral que beneficie a familias y a la sociedad en general. Desde el FNDH reconocemos este enorme aporte a la construcción de paz, al conocimiento de lo sucedido y la incidencia que este trabajo tiene frente a la no repetición de los hechos.

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Portada: presentación del proyecto de ley ante el Congreso de Colombia para la protección integral de las mujeres buscadoras. Credito: FNDH/MarcelaRuiz

Fotografía 'Caso Pedro Julio Movilla': familiares en compañía de la coparte CCAJAR. Crédito: CCAJAR

Fotografía 'Caso río Cacarica (Operación Génesis) vs. Colombia': Festival de las Memorias “Somos Génesis 2020”. Crédito: CIJP.

Fotografía 'La protección de las mujeres buscadoras, clave para el acceso a la verdad': presentación del proyecto de ley ante el Congreso de Colombia para la protección integral de las mujeres buscadoras. Credito: FNDH/MarcelaRuiz

Fotografía 'Los aportes a la verdad en relación a los hechos sucedidos durante la toma y retoma del palacio de Justicia': dh Colombia